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SADA > Atención> Programa de Atención de la Salud del Adolescente

El Programa de Atención de la Salud del Adolescente es una iniciativa abocada a la creación de Unidades de Promoción de Salud y Atención Integral del Adolescentes en el ámbito del hospital público de la provincia de Buenos Aires.


# Contacto
Hospital Subzonal Especializado “Elina de La Serna de Montes”
Calle 8 e/ 41 y 42 N° 483 - La Plata (1900)
0221-4824780

El servicio se ofrecerá tres veces por semana a contraturno, a partir de las 12 hs.

# Implementación

En una primera instancia el mismo se desarrolla en el Hospital Subzonal Especializado “Elina de La Serna de Montes de Oca” de la ciudad de La Plata.

De esta manera se busca crear una Unidad de Promoción de la Salud y Atención Integral del Adolescente estableciendo un equipo interdisciplinario para la orientación, atención y/o derivación al servicio específico que requiera el adolescente consultante.

A su vez, se constituirá una Mesa de Gestión Interministerial y se adherirá a la red de escuelas conveniadas con el Hospital para la realización de espacios recreativos, de reflexión, vinculares y formativas.

En este marco se trabaja teniendo en cuenta las capacidades de transmisión de contenidos entre pares para adaptar el modelo pedagógico de intervención, y se realizarán evaluaciones periódicas con el equipo interviniente en función de establecer lineamientos para la creación de estos dispositivos en la totalidad de la red de hospitales públicos de la provincia de Buenos Aires

# Metodología de trabajo con jóvenes

Este dispositivo presenta una metodología de trabajo que contempla la realización de talleres centrando su contenido en problemáticas y demandas propias de este grupo etario. A través de temáticas tales como sexualidad y embarazo, cuidado de la salud, protección de derechos, perspectiva de género, terminalidad escolar, prevención de la violencia e integración familiar se busca abordar las diversas problemáticas expresadas por adolescentes e identificar los factores de riesgo.

En palabras del Dr. Carlos Sanguinetti “Queremos trabajar con los adolescentes y la salud mental, no desde la patología psiquiátrica, sino desde la promoción de hábitos saludables y contemplando que la realidad de cada joven es diferente según el lugar donde vive”

# Marco

En 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos define a la salud como un derecho universal, lo cual implica superar todas las diferencias y distinciones, e impulsa el establecimiento de servicios básicos y accesibles a cualquier sujeto en materia de salud. La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contara la Mujer (1979) y la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) se suman y enriquecen la universalidad del derecho a la salud.

Todas estas convenciones tienen plena vigencia en nuestro país con jerarquía constitucional desde 1994, a partir de la reforma de la Constitución de la Nación Argentina.

La reciente Ley de Salud Mental (26.657) que regula la protección de los derechos de las personas con padecimiento mental viene a sumarse a la normativa mencionada y ofrece la oportunidad de avalar en los hospitales generales (art.16º) la atención de las patologías mentales y el uso problemático de sustancias: “Las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales. A tal efecto los hospitales de la red pública deben contar con los recursos necesarios. El rechazo de la atención de pacientes, ya sea ambulatoria o en internación, por el solo hecho de tratarse de la problemática de salud mental, será considerado acto discriminatorio en los términos de la Ley 23592.”

Una oportunidad más al servicio del armado de Unidades específicas para la atención de estas patologías.


 

 

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