Según estadísticas de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico , el consumo de alcohol en adolescentes en la provincia de Buenos Aires disminuyó, entre el 2001 y el 2006, en un 26%.
Una de las herramientas que posibilitaron este cambio fue la sanción de la Ley Provincial 13.178 , que creó el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (ReBA) y el sistema de licencias, para la inscripción en los municipios, que alcanza tanto a los comerciantes minoristas como a los distribuidores de bebidas alcohólicas que no pueden dejar mercadería en comercios que no exhiban su licencia, actuando así sobre la saturación de la oferta minorista de alcohol.
Desde su puesta en marcha, el ReBA emitió 50 mil licencias a locales que son los únicos en condiciones regulares de comercializar bebidas alcohólicas.
Los requisitos para expender bebidas alcohólicas alcanzan a todos los comercios que, según esta ley, pueden registrarse para vender alcohol, tales como almacenes, supermercados, hipermercados, locales gastronómicos (restaurantes, deliverys, casas de comidas y rotiserías) bares discotecas y pubs. Y sólo excluyen a los kioscos y las estaciones de servicios -como también lo hacía la ley 11.825 - que no podrán aspirar a esa habilitación.
Aquel comercio que no presente la licencia, recibe multas que oscilan entre los mil y cien mil pesos y la clausura de cinco a ciento ochenta días, mientras que en el caso de que un distribuidor proveyese de alcohol a un comerciante que no cuenta con su licencia actualizada, recibirá una sanción de clausura (hasta 180 días) y sumas que van hasta los 500 mil pesos.
El nuevo sistema logró incorporar al distribuidor dentro del circuito de comercialización y jerarquizar al comerciante formal, frente al ilegal, dotándolo de una licencia que le permite a un mismo tiempo cumplir y exigir la plena vigencia de las leyes”. Además el cuerpo de inspectores del Reba, articula con municipios.
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